CIERRE DE LA AUDITORIA Y PREPARACIÓN DEL INFORME

o Conclusión en cedula sumaria y conclusión general


o Confirmaciones. Carta de declaraciones de la administración, carta de actas del secretario del consejo, abogados, bancarias, etc.

o Revisión de hechos posteriores
El boletín A-5 revelación suficiente de la comisión de principios de la contabilidad del I.M.C.P. establece que en caso que existan hechos posteriores al cierre del ejercicio que afecte sustancialmente la situación financiera y el resultado de las operaciones de la entidad, entre la fecha a la que son relativos los estados financieros y la fecha en que son emitidos, deberán revelar suficiente y adecuadamente estos hechos por medio de notas explicativas.
El contador publico en calidad de auditor externo habrá de revisar los eventos subsecuentes o hechos sucedidos en fecha posterior al cierre del ejercicio sujeto a examen que afecten la posición financiera examinada, con el propósito de determinar la necesidad de proponer las previsiones contables que sean necesarias, o el informar de tales hechos por medio de notas a los estados financieros, en aras de una adecuada revelación suficiente.
Existen dos tipos de hechos posteriores:
hechos que proporcionan evidencia adicional en relación a condiciones existentes a la fecha del balance general y que afectan las estimaciones inherentes al proceso de elaboración de estados financieros. Los estados deben ser ajustados en función a cualquier cambio de estimaciones resultantes del uso de ducha evidencia.
hechos que proporcionan evidencia en relación con condiciones que no existían a la fecha del balance general auditado, por que se suscitaron con posterioridad, pero que deben ser objeto de revelación a través de las notas a los estados financieros, aun cuando dichos estados no deben ajustarse por estos hechos.
El boletín B-13 de los PCGA, nos menciona:

Periodo posterior.- es un lapso entre fecha de los estados financieros y fecha en que son autorizados por la administración para su emisión a terceros.
Hechos posteriores.- son transacciones y acontecimientos conocidos durante el periodo posterior.

Este boletín hace mención de tres clases de tratamiento contable a los hechos posteriores de los estados financieros

los que originan modificaciones a los resultados del ejercicio a que se refieren los estados financieros
Los que originan modificaciones a los estados financieros.
Los que originan revelaciones a través de notas a los estados financieros.

Cedulas de ajustes y reclasificaciones:
Reclasificaciones.- son asientos contables de corrección que no afectan los resultados de operación.
Ajustes.- Son asientos contables de corrección que afectan los resultados de operación.

Durante el desarrollo del trabajo del auditor detectara errores de omisión o de comisión cuya corrección se hace indispensable a efecto de la información de los estados financieros, estas correcciones de llevan acabo por medio de ajustes y reclasificación propuestos por auditor. Dependiendo de la importancia de estos, el área de contabilidad les ira dando efecto durante el transcurso de la auditoria, los mas importantes requerirán de su discusión con los altos niveles de la administración de la entidad; este es uno de los momentos mas finos y delicados de la auditoria en virtud que si la administración se niega a dar efecto a alguno de los ajustes y reclasificaciones propuestos por el auditor, y máxime si estos son relevantes y están solidamente soportados, dicha actitud puede provocar la emisión de un dictamen con salvedades, negativo o abstención de opinión del auditor.


o Cedula con notas a los estados financieros
Notas a los estados financieros: son explicaciones que amplían el origen y significado de los datos y cifras que se presentan en dichos estados aluden a políticas o procedimientos contables, reglas particulares, cambios de un periodo a otro en las citadas políticas o procedimientos, o proporcionan información a cerca de ciertos eventos económicos que han afectado o podrían afectar a la entidad, por lo tanto en las cedulas donde se detecte una observación o corrección a los estados financieros se conocerán como cedulas con notas a los estados financieros.
Las cuales deben reunir con las siguientes características:
Claridad
Integridad
Precisión
Brevedad.


Elaboración del informe sobre el examen de estados financieros
La estructuración de los informes depende en cierta forma, de los propósitos que se persiguen con la auditoria, el fin del informe es poner en conocimiento de su cliente lo que ha hecho y como lo ha hecho.
El informe debe de tener como mínimo:
a) opinión del dictamen
b) estado de posición financiera
c) estado de resultados
d) estado de cambios en la posición financiera
e) estado de variaciones en las cuentas del capital
f) notas a los estados financieros.
g)

o Carta de sugerencia y memorandum de impuestos

o Tratamiento de procedimientos omitidos descubiertos después de emitir dictamen

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